Autorización de Uso de Agua Superficial y/oSubterránea

Es el documento que otorga la Autoridad Nacional del Agua, a través de la Autoridad Administrativa del Agua, al usuario que lo solicita, autorizando el uso del agua superficial por el plazo no mayor de dos (2) años, para cubrir exclusivamente las necesidades de aguas derivadas o relacionadas directamente con la ejecución de estudios u obras y lavado de suelos.

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